Esto es lo que debes saber sobre la nueva tarifa de $1.000 para el permiso de permanencia temporal (parole):
- La mayoría de las personas que reciben permiso de permanencia temporal desde el 16 de octubre de 2025 deben pagar una nueva tarifa de $1.000.
- Solo debes pagarla tarifa si tu permiso de permanencia temporal es aprobado y no cuando lo solicites.
- La tarifa aplica al permiso de permanencia temporal, renovación del permiso de permanencia temporal (re-parole, en inglés), a menos que califiques para una excepción.
- Algunas personas están exentas, como quienes enfrentan emergencias médicas y quienes viajan con documentos de viaje (conocido como Advance Parole) mientras su caso de tarjeta verde está pendiente.
- Tu permiso de permanencia temporal no es efectivo si estás obligado a pagar la tarifa y no la pagas.
¿Quién debe pagar la tarifa de $1.000?
Tienes que pagar la tarifa de $1.000 si te otorgan cualquiera de los siguientes estatus el 16 de octubre de 2025 o después:
- Permiso de permanencia temporal (parole).
- Renovación del permiso de permanencia temporal (re-parole).
- Permiso de permanencia temporal desde el extranjero, como por razones humanitarias o por beneficio público significativo.
Si solicitaste el permiso de permanencia temporal antes del 16 de octubre de 2025 y te lo aprueban después de esa fecha, igual tienes que pagar la tarifa. Del mismo modo, si te renuevan el permiso de permanencia temporal o una extensión de parole después de esa fecha, tendrás que pagar la tarifa a menos que califiques para una excepción.
La tarifa se aplica cada vez que te conceden parole. Por ejemplo, cuando salgas y regreses a EE.UU. bajo nuevas concesiones de parole, es posible que tengas que pagar nuevamente por cada decisión nueva de parole.
Consulta con un abogado de inmigración o con un representante acreditado por el Departamento de Justicia, para ver cómo te impacta esta nueva tarifa, ya que cada caso es diferente.
“Si una persona no puede o no paga los $1.000, según entiendo, no se le permitirá entrar o reingresar a EE.UU.”, dijo Jodi Ziesemer, directora de políticas de respuesta de emergencia ante la inmigración en el Grupo de Asistencia Legal de Nueva York (NYLAG).
Esta información no sustituye el asesoramiento legal de un abogado calificado o un representante acreditado. El contenido se actualizó por última vez en noviembre de 2025.
¿Qué pasa si no puedes pagar los $1.000?
Si estás obligado a pagar y no lo haces, no te concederán el permiso de permanencia temporal o se cancelará. Debes pagar la tarifa en su totalidad.
¿Cuándo y cómo se cobra la tarifa?
La tarifa de $1.000 se debe pagar solo después de que se apruebe el permiso de permanencia temporal. No tendrás que pagar cuando envíes tu solicitud inicial, como el Formulario I-131. La agencia de inmigración correspondiente te notificará cuando tu parole sea aprobado y te dará las instrucciones para el pago.
Si el permiso de permanencia temporal se concede en un puerto de entrada de EE.UU., como un aeropuerto, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza cobrará la tarifa antes de permitirte entrar al país.
Si tu permiso de permanencia temporal se aprueba mientras ya estás dentro de Estados Unidos, a través de USCIS o ICE, recibirás un aviso que explica cómo y cuándo pagar la tarifa.
Tu estatus de parole solo será oficial una vez que el gobierno reciba y procese el pago.
Es importante esperar el aviso oficial antes de pagar. La agencia te informará sobre las opciones de pago (en línea, por correo o en persona) y te dará la fecha límite para enviarlo.
¿Quién no tiene que pagar?
La regla incluye varias excepciones para personas en situaciones humanitarias o familiares específicas. No tienes que pagar la tarifa de $1.000 si tu caso entra en una de las siguientes categorías:
- Se te concede el permiso de permanencia temporal debido a una emergencia médica que pone en riesgo tu vida, o eres un padre o tutor que acompaña a un menor que necesita atención médica urgente.
- Vas a EE.UU. para donar un órgano o tejido para un trasplante.
- Estás viajando para estar con un familiar cercano que está al borde de la muerte o para asistir al funeral de esa persona.
- Eres un niño adoptado bajo la custodia de un ciudadano estadounidense y necesitas atención médica antes de que se pueda emitir tu visa.
- Eres un solicitante de ajuste de estatus que regresa del extranjero con Documento de Viaje (Advance Parole) vigente. Esto significa que si ya enviaste el Formulario I-485 para una tarjeta verde (green card) y estás usando un documento de viaje aprobado para reingresar, la tarifa no aplica.
- Fuiste enviado a un país contiguo bajo un procedimiento de expulsión acelerada y se te concede el permiso de permanencia temporal para regresar a tu audiencia de inmigración.
- Eres un participante cubano-haitiano, según lo define la ley de EE.UU.
- Se te concede el permiso de permanencia temporal por un motivo de aplicación de la ley o de beneficio público, como cooperar con una investigación en EE.UU.
Cada excepción debe demostrarse ante DHS. Probablemente tendrás que mostrar documentos (como una carta del médico, papeles de adopción o evidencia oficial de tu solicitud de green card pendiente) para calificar.
Después de que se apruebe tu permiso de permanencia temporal, si crees que tienes una excepción, debes responder por escrito a la agencia correspondiente (CBP, USCIS o ICE, según quién haya concedido tu parole) antes de la fecha límite de pago indicada en el aviso.
你知道吗?非公民办理驾照时的这个错误可能会导致选民欺诈
En tu solicitud por escrito, indica claramente la excepción que estás reclamando e incluye evidencia, como registros médicos, documentación de donación, papeles de adopción, prueba de ajuste de estatus pendiente (para quienes viajan con Advance Parole) o cartas relevantes de cooperación con la ley.
También lee: Advance Parole: permiso especial que permite viajar a personas con DACA
